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Empresas y colaboradores · Aguascalientes

Préstamos vía nómina como prestación para tu equipo

Si tienes una empresa, te ayudamos a evaluar un convenio para que tus colaboradores accedan a préstamos con pago vía nómina. Si trabajas en una empresa con convenio, te acompañamos en tu solicitud.

Consultores JP es asesor financiero y no otorga créditos. Cada préstamo está sujeto a evaluación y aprobación de la institución y a la firma de un convenio con la empresa. El mecanismo de cobro vía nómina requiere la autorización de cada colaborador y debe ajustarse a la Ley Federal del Trabajo.

Con nuestro aliado
  • Aprecia

Qué es

Cómo funciona, en palabras claras

Es un esquema en el que una empresa firma un convenio con una institución financiera para que sus colaboradores puedan solicitar préstamos personales y pagarlos vía nómina, con el mecanismo de cobro que se pacte en el convenio y en el contrato de cada colaborador. Por lo general, la empresa no presta el dinero ni asume la deuda: el crédito es entre el colaborador y la institución, y el papel de la empresa queda definido en el convenio.

Para el colaborador significa un trámite más cercano y pagos automáticos; para la empresa, una prestación adicional para su equipo. Como la Ley Federal del Trabajo limita los descuentos al salario, el mecanismo de cobro debe revisarse con cuidado. Consultores JP orienta a ambas partes y acompaña el proceso; la institución aliada evalúa cada solicitud y decide si otorga el crédito.

Beneficios

Por qué te conviene

  • Una prestación para tu equipo

    Tus colaboradores acceden a un préstamo formal, con contrato y condiciones por escrito.

  • La empresa no presta el dinero

    La institución evalúa y otorga cada crédito; la participación de la empresa queda definida en el convenio.

  • Pagos automáticos

    Para el colaborador, el pago se cobra de forma automática con el mecanismo que autorice por escrito en su contrato (por ejemplo, un cargo a su cuenta después de recibir su sueldo), sin que la empresa descuente del salario; así no se atrasa por olvidar una fecha.

  • Acompañamiento para ambas partes

    Explicamos el convenio a la empresa y cada crédito al colaborador: pago por periodo, plazo, pago total y CAT.

Aliado

El aliado con el que trabajamos

Trabajamos esta solución con un aliado especializado para encontrar la opción que se ajuste a tu perfil.

  • AliadoAprecia

    Marca de Fomepade, S.A.P.I. de C.V., SOFOM, E.N.R., especializada en créditos con pago vía nómina mediante convenios con instituciones.

Consultores JP asesora y acompaña tu trámite; la evaluación, la aprobación y las condiciones finales corresponden a la institución que otorga el producto.

Cómo te acompañamos

Del primer mensaje a la respuesta

  1. Agenda una llamada

    Por WhatsApp o por teléfono nos cuentas cuántos colaboradores tienes y cómo pagas tu nómina; si eres colaborador, dinos dónde trabajas.

  2. Revisamos el convenio contigo

    Presentamos tu empresa a la institución aliada y te explicamos cómo opera el cobro vía nómina, qué obligaciones adquieres y qué documentos se piden.

  3. Acompañamos a cada colaborador

    Orientamos a tu equipo en sus solicitudes y revisamos con cada persona su pago, plazo y CAT antes de que firme.

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan

¿La empresa responde si un colaborador no paga?

El préstamo es del colaborador con la institución. Las obligaciones exactas de la empresa, por ejemplo en la aplicación del cobro vía nómina, quedan establecidas en el convenio; por eso lo revisamos contigo antes de firmar.

¿Qué pasa si el colaborador deja la empresa?

El cobro vía nómina deja de aplicarse, pero el saldo pendiente sigue siendo del colaborador, que deberá pagarlo por otro medio acordado con la institución. Esto debe quedar claro en su contrato.

¿Mis colaboradores están obligados a pedir el préstamo?

No. Es voluntario: cada persona decide si lo solicita y firma su propia autorización. Además, el artículo 110 de la Ley Federal del Trabajo prohíbe los descuentos al salario salvo en casos específicos, y la CONDUSEF ha advertido que descontar el pago antes de depositar el sueldo quebranta las normas laborales; por eso conviene revisar el mecanismo de cobro con tu asesor laboral o contador.

Siguiente paso

Revisemos tu caso juntos

Cuéntale a Javier qué necesitas y te explica qué opciones aplican para ti, con qué aliado y qué documentos preparar.

Contacto

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